Los ministerios de Educación y de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe anuncian que, de acuerdo a lo establecido por el Calendario Escolar para el año 2018 (Resolución ME N° 2430/17) desde el lunes 5 y hasta el viernes 9 de noviembre estará abierta la inscripción para los y las ingresantes a primer año de la escolaridad secundaria en las escuelas públicas de gestión oficial dependientes del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe. El sistema de Educación Secundaria de Arte con Especialidad es una modalidad del nivel secundario obligatorio que propone a los y las estudiantes una trayectoria educativa que incluye las asignaturas de la secundaria común y las que son propias del campo del arte específico (música, artes visuales, artes audiovisuales y danza).

En el territorio provincial la oferta académica de nivel secundario (modalidad artística) está presente en las siguientes escuelas:

Santa Fe
Escuela Provincial de Artes Visuales N° 3023 “Profesor Juan Mantovani”
Bachillerato en Artes Visuales especializado en Producción
Bachillerato en Artes Audiovisuales especializado en Realización Audiovisual

Escuela Provincial de Música N° 9902 “C.R.E.I.”
Bachillerato en Música con especialidad en Realización Musica en Vivo – Música Popular

Rosario
Escuela Provincial de Danzas N° 5032 “Nigelia Soria”
Bachillerato en Artes Visuales especializado en Producción
Bachillerato en Música con especialidad en Realización Música en Vivo – Música Popular
Bachillerato en Danza con especialidad en Danzas de Origen Escénico
Bachillerato en Danza con especialidad en Danzas de Origen Folclórico y Popular

Venado Tuerto
Escuela Provincial de Arte N° 3
Bachillerato en Artes Audiovisuales especializado en Realización Audiovisual

 

Ingreso y requisitos para la matriculación de alumnos de la educación secundaria obligatoria

El ingreso de estudiantes a las escuelas públicas de gestión oficial de nivel secundario de cualquier modalidad (Orientada, Artística y Técnico Profesional) se rige por lo establecido en el Decreto N° 181/09 (Anexo II – Ingreso y requisitos para la matriculación de alumnos de la educación secundaria obligatoria.

Dicho anexo indica que el orden de prioridades para inscribir a los aspirantes es el siguiente:

a. Aspirantes con lazos de parentesco con el personal de la Escuela hasta con el segundo grado de consanguinidad.

b. Hermanos de alumnos pertenecientes al Establecimiento.

c. Aspirantes en general. En caso de que el número de inscriptos exceda el de las vacantes existentes en la escuela conforme a la cantidad de divisiones con que cuenta el establecimiento, se instrumentará el procedimiento que se detalla:

1. Las demandas se cubrirán siguiendo el orden grupal establecido precedentemente, hasta agotar las vacantes.

2. Cuando, siguiendo dicho orden de cobertura, las vacantes disponibles resultaren insuficientes para satisfacer la solicitud de inscripción del grupo al que corresponda en turno, se procederá a realizar un sorteo entre los integrantes del mismo, debiendo encontrarse presente el alumno o el adulto responsable del mismo, munido de su correspondiente documento de identidad. La presencia del alumno deberá constar en el acta del sorteo y su ausencia invalidará la inscripción.

El sorteo se realizará en el día que determine el calendario escolar. La institución educativa dispondrá el horario, que deberá notificarse fehacientemente al alumno.

e. El cupo de alumnos que se matriculará en forma definitiva estará determinado por las vacantes existentes en cada establecimiento, según lo determine la normativa vigente.

f. No se podrán implementar pruebas de ingreso para seleccionar a los alumnos. La institución podrá tomar evaluaciones diagnósticas sólo con el objetivo de utilizar los datos recogidos para la planificación anual.

g. Con el fin de facilitar el acceso de alumnos que quedaron excluidos durante el sorteo, las Delegaciones Regionales de Educación difundirán debidamente, en el término de 48 horas, la nómina de escuelas en las cuales quedaran vacantes.

h. Cada Escuela tendrá la obligación de reinscribir a sus alumnos repitentes.

Para mayor información, dirigirse a

.Escuela Provincial de Artes Visuales N° 3023 “Profesor Juan Mantovani”, ubicada en 9 de Julio 1821, Santa Fe. Teléfonos: (0342) 4572914/15

.Escuela Provincial de Música N° 9902 “CREI”. Primera Junta 2895, 2° piso, Santa Fe. Teléfono: (0342) 457-2902

.Escuela Provincial de Danzas N° 5032 “Nigelia Soria”. Viamonte 1993, Rosario. Teléfono: (0341) 4728137

.Escuela Provincial de Arte N° 3, 12 de Octubre 1105, Venado Tuerto. Teléfono: (03462) 437977

 

31 de octubre de 2018
Rosario – Santa Fe – Argentina

 


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